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Módulo de MyGov · Hacienda

El Presupuesto General,
con toda la documentación del art. 168.

Los estados, el anexo de personal, la memoria y el informe económico-financiero, con la estructura de la Orden EHA/3565/2008. Nivelado sin déficit inicial, como exige el art. 165.4 del TRLRHL. Y la validación diciendo qué falta antes de que el proyecto vaya al Pleno.

En la plataforma MyGov, integrado con Capítulo 1 y Control Interno · También instalable en local en tu Ayuntamiento

Presupuesto Municipal — Ejercicio 2027

Presupuesto General 2027

Ayuntamiento de Villaejemplo · en elaboración
NIVELADO
Ingresos
15,0 M€
9 capítulos
Gastos
15,0 M€
por programas
Nivelación
0,00 €
ingresos = gastos
Validación
2 avisos
0 errores
Gastos por capítulo
1 Pers.
2 Ctes.
3 Fin.
4 Transf.
6 Inv.
9 Pas.
Documentos del expediente
Memoria de Alcaldíagenerada
Informe económico-financierogenerado
Informe de Intervencióngenerado
Índice del expedientegenerado

Dónde está el retraso

Un presupuesto no llega tarde por las cifras. Llega tarde por el expediente.

El art. 168.4 del TRLRHL quiere el proyecto en el Pleno antes del 15 de octubre; el art. 169.2, aprobado antes del 31 de diciembre. Si no llega, entra la prórroga del art. 169.6 y hay que explicarla en la Comisión de Hacienda. Lo que se retrasa casi nunca son los números. Es la memoria, el anexo de personal que RRHH cierra tarde y los anexos que se rehacen a mano cada año, repartidos entre veinte hojas de cálculo. Aquí el expediente va entero, cuadra al céntimo y los descuadres salen por escrito.

Estados de ingresos y gastos

Tecleas la clasificación y el capítulo deja de ser opinable.

Las aplicaciones se dan de alta por su clasificación orgánica, por programas y económica, con la estructura que fija la Orden EHA/3565/2008 en desarrollo del art. 167 del TRLRHL. El capítulo, el artículo y el área de gasto se deducen de la codificación en vez de elegirse a mano.

  • Nivelación sin déficit inicial (art. 165.4) vigilada mientras tecleas: total, corriente y de capital
  • Presupuesto General consolidado con los organismos autónomos (art. 164.1)
  • Comparador con el ejercicio anterior, partida a partida, y modificaciones de crédito
Estado de gastos · alta de aplicación al céntimo
1532 · 227.06 Estudios y trabajos técnicos48.500,00 €
912 · 10000 Retribuciones básicas Alcaldía41.055,34 €
399.00 Otros ingresos diversoscap. 3 automático125.000,00 €
El capítulo no se elige: es el primer dígito de la clasificación económica. Si tecleas 399.00, la línea suma en el capítulo 3, y la nivelación, la evaluación de estabilidad y los estados que se imprimen lo saben al momento.

Anexo de personal · art. 168.1.c) del TRLRHL

El libro de la plantilla, volcado y contrastado antes de entrar.

Se carga el libro del anexo de personal tal y como lo entrega RRHH: el módulo lee todas sus hojas, distingue los totales de los datos, contrasta las sumas una a una y enseña qué se crea y qué se actualiza antes de volcar nada. Al presupuesto solo pasan plazas, dotaciones y coste; los nombres se quedan fuera del expediente.

  • Los descuadres del propio fichero, avisados por escrito, no escondidos
  • Volcar dos veces no duplica: crea la primera vez, actualiza las siguientes
  • Si el libro trae datos personales, se avisa antes: el presupuesto no los necesita
Anexo de personal (Excel) contrastado
Crédito en RESUMEN12.568.373 € · 482 líneas
Plantilla (hoja TOTAL)264 puestos · 13.043.426 €
Antes de confirmar126 se crean · 6 se actualizan
Avisos del lector: «El libro suma 12.568.372,65 € y en el presupuesto entran 12.568.372,70 €: 0,05 € de diferencia por redondear cada aplicación a dos decimales.» Los redondeos se explican, no se esconden.

Documentos, estabilidad y tramitación

La memoria y el informe económico-financiero, con las cifras que hay.

La memoria del art. 168.1.a), el informe económico-financiero del art. 168.1.g), el informe de Intervención y el índice se componen con los importes reales del ejercicio que se elabora, no con los del año pasado retocados. La evaluación de estabilidad y regla de gasto (arts. 11 y 12 de la LOEPSF) se calcula sobre ese mismo expediente.

  • Validación con errores y avisos: qué falta, en qué estado y por qué bloquea
  • Bases de ejecución (art. 9 del RD 500/1990) dentro del propio expediente
  • El expediente entero, impreso y paginado, listo para su firma
Tramitación del expediente
1. Elaboración y nivelación (art. 165.4)hecha
2. Informe económico-financiero y de Intervencióngenerados
3. Dictamen de la Comisión de Haciendapendiente
4. Remisión al Plenoantes del 15/10 · art. 168.4
5. Exposición pública y aprobación definitivaart. 169
Las reclamaciones están tasadas: el art. 170.2 solo admite tres motivos: no ajustarse a los trámites, omitir crédito para obligaciones exigibles o ingresos manifiestamente insuficientes. El módulo los recuerda al abrir el trámite. Resolverlas es del Pleno.

Qué incluye

Las 29 secciones del expediente.

Lo que los arts. 162 a 170 del TRLRHL meten dentro del Presupuesto General, y lo que la práctica añade encima.

Ingresos y gastos

Los estados por clasificación económica y por programas con la estructura de la Orden EHA/3565/2008, al céntimo y con la nivelación del art. 165.4 vigilada.

Entes y consolidación

El Ayuntamiento, sus organismos autónomos y los estados de previsión de sus sociedades, y la visión consolidada que exige el art. 164.1.

Personal y capítulo 1

El anexo de personal del art. 168.1.c), que se carga desde el Excel de RRHH, y el detalle del capítulo 1, contrastados entre sí.

Anexos del expediente

Inversiones del art. 168.1.d), beneficios fiscales en tributos locales, contratos, subvenciones recibidas y concedidas, y el plan de inversiones.

Estabilidad y marco

Estabilidad presupuestaria y regla de gasto de los arts. 11 y 12 de la LOEPSF, liquidación, marco presupuestario a medio plazo y modificaciones de crédito.

Documentos

Memoria, informe económico-financiero, informe de Intervención e índice, compuestos con las cifras del expediente en curso.

Importadores

El importador clásico de Excel/CSV con correspondencia de columnas y previsualización, y plantillas SICALWIN, PLACSP y BDNS.

Gráficos y comparador

La foto del presupuesto por capítulos y programas, y la comparación con el ejercicio anterior partida a partida.

Validación y tramitación

Errores y avisos explicados, bases de ejecución del art. 9 del RD 500/1990, tramitación hasta la aprobación definitiva e impresión del expediente completo.

Datos para citar

El calendario del Presupuesto General, fecha a fecha.

Las fechas las fija el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales; las de remisión al Ministerio, el art. 15 de la Orden HAP/2105/2012. Están aquí porque son la razón por la que alguien busca esto en septiembre, y porque una tabla que se puede comprobar vale más que una promesa que no.

Fecha o plazoQué hay que hacerNorma
Antes del 15 de septiembreLos organismos autónomos remiten a la entidad su presupuesto con toda su documentación, y las sociedades mercantiles sus previsiones de gastos e ingresos y su programa de actuación, inversiones y financiación.arts. 168.2 y 168.3 TRLRHL
Antes del 15 de septiembreRemisión al Ministerio de las líneas fundamentales del presupuesto del ejercicio siguiente.art. 15 Orden HAP/2105/2012
Antes del 15 de octubreLa presidencia forma el Presupuesto General y lo remite al Pleno, informado por la Intervención y con los anexos de los arts. 166.1 y 168.1, para su aprobación, enmienda o devolución.art. 168.4 TRLRHL
15 días de exposición al públicoAnuncio en el boletín de la provincia; los interesados examinan y reclaman ante el Pleno. Sin reclamaciones queda definitivamente aprobado; con ellas, el Pleno dispone de un mes para resolverlas.art. 169.1 TRLRHL
Antes del 31 de diciembreAprobación definitiva por el Pleno, del año anterior a aquel en que deba aplicarse.art. 169.2 TRLRHL
A la vez que el envío al boletínCopia del Presupuesto definitivamente aprobado a la Administración del Estado y a la comunidad autónoma.arts. 169.3 y 169.4 TRLRHL
1 de enero, si no ha entrado en vigorPrórroga automática del anterior con sus créditos iniciales. No alcanza a los créditos de servicios o programas que debían concluir en el ejercicio anterior ni a los financiados con crédito o ingresos afectados.art. 169.6 TRLRHL
Antes del 31 de eneroRemisión al Ministerio del presupuesto aprobado y sus estados financieros iniciales; si a esa fecha no está aprobado, se remite el prorrogado.art. 15 Orden HAP/2105/2012
Antes del 1 de marzoConfección de la liquidación del presupuesto del ejercicio anterior. La aprueba la presidencia, previo informe de la Intervención.art. 191.3 TRLRHL
Antes del 31 de marzoRemisión al Ministerio del presupuesto liquidado y del informe de la Intervención sobre el cumplimiento de los objetivos.art. 15 Orden HAP/2105/2012
Antes del 15 de mayoLa presidencia rinde los estados y cuentas de la entidad; los organismos autónomos y las sociedades íntegramente municipales, en el mismo plazo.art. 212.1 TRLRHL
Antes del 1 de junioLa Cuenta General formada por la Intervención se somete a informe de la Comisión Especial de Cuentas.art. 212.2 TRLRHL
15 días de exposición al públicoLa Cuenta General, con el informe de la Comisión, se expone al público para reclamaciones, reparos u observaciones; examinados, la Comisión emite nuevo informe.art. 212.3 TRLRHL
Antes del 1 de octubreAprobación de la Cuenta General por el Pleno.art. 212.4 TRLRHL
Antes del 15 de octubreRendición de la Cuenta General del ejercicio anterior al Tribunal de Cuentas.art. 223.2 TRLRHL
Antes del 31 de octubreRemisión al Ministerio de las cuentas anuales aprobadas y de la Cuenta General completa.art. 15 Orden HAP/2105/2012

Documentación que ha de unirse al Presupuesto (art. 168.1 TRLRHL)

LetraDocumentoNorma
a)Memoria explicativa de su contenido y de las principales modificaciones respecto del vigente.art. 168.1.a)
b)Liquidación del ejercicio anterior y avance de la del corriente, referida al menos a seis meses.art. 168.1.b)
c)Anexo de personal, que relaciona y valora los puestos de trabajo de modo que exista la oportuna correlación con los créditos de personal del Presupuesto.art. 168.1.c) TRLRHL y art. 18.1.c) RD 500/1990
d)Anexo de las inversiones a realizar en el ejercicio.art. 168.1.d)
e)Anexo de beneficios fiscales en tributos locales, con su incidencia en los ingresos.art. 168.1.e)
f)Anexo de los convenios suscritos con las comunidades autónomas en materia de gasto social, con las obligaciones y derechos del ejercicio y los pendientes de ejercicios anteriores.art. 168.1.f)
g)Informe económico-financiero: bases de evaluación de los ingresos y de las operaciones de crédito, suficiencia de los créditos y efectiva nivelación del presupuesto.art. 168.1.g)

MyGov compone ese expediente y avisa del vencimiento; no contabiliza, no publica en el boletín y no remite al Ministerio. El envío a la Oficina Virtual de Entidades Locales y la rendición siguen haciéndose donde se hacen hoy. Los textos se han contrastado con la versión consolidada del BOE; ante cualquier duda manda el BOE, no esta tabla.

Con qué se acompaña

Qué sigue haciéndose donde se hace hoy.

Es el módulo del expediente, y trabaja pegado a la contabilidad que ya tienes. Lo que sigue conviene tenerlo claro antes de empezar.

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Elabora el Presupuesto y contrasta con tu contabilidad

La contabilidad sigue en el programa que la lleva hoy: los asientos, el registro contable de facturas, el reconocimiento de obligaciones y las órdenes de pago se quedan allí. Este módulo elabora el Presupuesto y contrasta lo que aquel entrega; el importador trae plantilla para SICALWIN. Así las dos cifras cuadran sin que nadie las teclee dos veces.

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Compone el expediente entero y lo deja listo para firmar

La aprobación inicial y la definitiva son del Pleno (arts. 169.1 y 169.2 del TRLRHL); el anuncio en el boletín de la provincia, la copia a la Administración del Estado y a la comunidad autónoma (arts. 169.3 y 169.4) y los envíos del art. 15 de la Orden HAP/2105/2012 a la Oficina Virtual de Entidades Locales se siguen haciendo donde se hacen hoy. Lo que cambia es lo de antes: el expediente llega compuesto, paginado y cuadrado.

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La estabilidad, calculada; los ajustes SEC, tuyos

La capacidad o necesidad de financiación y la regla de gasto de los arts. 11 y 12 de la LOEPSF se calculan con los datos del propio expediente, y los ajustes de contabilidad nacional se listan uno a uno con su importe y su motivo. Los introduces tú, porque los criterios son los de tu entidad y nadie debería inventárselos. Si el resultado es de incumplimiento, lo advierte y recuerda el plan económico-financiero del art. 21.

Dos maneras de tenerlo

Con el resto de la suite, o solo el Presupuesto.

El módulo es el mismo. Cambia dónde viven los datos y contra qué se contrastan.

En la plataforma MyGov

El expediente, junto a Capítulo 1 y Control Interno

El anexo de personal se contrasta con el módulo de Capítulo 1 a cuatro columnas, lo que se tramita deja rastro en Control Interno, y los usuarios, los permisos y las entidades son los de tu plataforma.

  • Sin nada que instalar ni mantener
  • Mejoras continuas, con la bitácora de cambios a la vista
  • Multientidad: Ayuntamiento y organismos en el mismo sitio
Instalado en tu Ayuntamiento

Solo el Presupuesto, en tu equipo

Si prefieres empezar solo por el Presupuesto, o tu política de datos exige tenerlo en casa, el módulo se instala en un equipo del Ayuntamiento y funciona por sí solo.

  • Tus datos no salen de tu red
  • Actualizaciones en paquetes firmados, con punto de retorno
  • El paso a la plataforma, cuando quieras: los datos se llevan

Preguntas frecuentes

Lo que preguntan Intervención y Hacienda.

Sí. El mismo libro del anexo de personal se carga en los dos módulos. El análisis a cuatro columnas (anexo, módulo, resumen y crédito definitivo) contrasta que la plantilla y el crédito cuentan la misma historia. Es la pregunta que aparece en cuanto hay una jubilación o una subida retributiva a mitad de ejercicio. En la plataforma comparten además entidad, usuarios y permisos.

Sí. El importador acepta Excel y CSV con correspondencia de columnas y previsualización antes de confirmar, y trae plantillas para SICALWIN, PLACSP y BDNS. Del destino solo propone el más probable (ingresos, gastos o anexos) y enseña cómo ha interpretado cada columna antes de importar nada.

Se te dice, por escrito y en castellano. Si el fichero no es lo que se espera, el módulo corta antes de tocar nada y explica qué ha pasado. Si es válido pero trae descuadres, y pasa más de lo que parece, se cargan los datos y los avisos salen con nombre y cifra: qué línea no cuadra, cuánto y por qué.

Calcula la capacidad o necesidad de financiación y la regla de gasto de los arts. 11 y 12 de la LOEPSF con los datos del propio expediente, y lista los ajustes SEC uno a uno con su importe y su motivo. Los ajustes los introduces tú: el módulo no conoce los criterios de tu entidad ni se los inventa. Si el resultado es de incumplimiento, lo advierte y recuerda el plan económico-financiero del art. 21; redactarlo y llevarlo al Pleno es otra cosa.

Sí. El módulo existe en versión local para instalarse en un equipo del Ayuntamiento y funcionar por sí solo. Y si más adelante pasas a la plataforma, los datos se exportan y se llevan: no hay cautividad.

Se considera automáticamente prorrogado el del ejercicio anterior con sus créditos iniciales, hasta la entrada en vigor del nuevo (art. 169.6 del TRLRHL). La prórroga no alcanza a los créditos para servicios o programas que debían concluir en el ejercicio anterior ni a los financiados con crédito o con ingresos específicos o afectados, así que el presupuesto prorrogado nunca es el mismo presupuesto. Además hay que remitir al Ministerio el prorrogado antes del 31 de enero si a esa fecha no hay aprobado (art. 15 de la Orden HAP/2105/2012).

La del art. 168.1 del TRLRHL: memoria explicativa, liquidación del ejercicio anterior y avance de la del corriente referida al menos a seis meses, anexo de personal, anexo de inversiones, anexo de beneficios fiscales, anexo de convenios con la comunidad autónoma en materia de gasto social e informe económico-financiero. El anexo de personal, según el art. 18.1.c) del RD 500/1990, relaciona y valora los puestos de forma que exista la oportuna correlación con los créditos de personal del Presupuesto. O sea que hay que cuadrarlo, no solo listarlo.

Antes del 15 de octubre de cada año, la del ejercicio anterior (art. 223.2 del TRLRHL). Antes hay un calendario que se pasa solo: la presidencia rinde los estados y cuentas antes del 15 de mayo (art. 212.1), la Cuenta General va a informe de la Comisión Especial de Cuentas antes del 1 de junio (art. 212.2), se expone al público quince días (art. 212.3) y el Pleno la aprueba antes del 1 de octubre (art. 212.4).

Se usa con

Los módulos que este necesita al lado.

Comparten entidad, usuarios y permisos: el dato se escribe una vez y lo leen los demás. Y también funcionan sueltos.

Capítulo 1 · Personal

El anexo de personal del art. 168.1.c) sale de aquí, plaza a plaza y cuadrado con la ejecución.

Abrir Capítulo 1 · Personal ›

Control Interno

El informe de Intervención y la fiscalización del expediente, con sus extremos comprobados.

Abrir Control Interno ›

RPT · Relación de Puestos

La plantilla y el coste de cada puesto, que es lo que acaba sumando el capítulo 1 del estado de gastos.

Abrir RPT · Relación de Puestos ›

Ver la rejilla completa de módulos de MyGov ›

Que el 15 de octubre no dependa de veinte hojas de cálculo.

Cargamos un Excel de anexo de personal como el que entrega RRHH y se ve componerse el expediente del art. 168, con su nivelación.

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La demostración se hace sobre una entidad de ejemplo, sin datos reales.