Cada baja libera crédito.
Aquí se sabe cuánto y en qué aplicación.
Cruza el anexo de personal con la ejecución del capítulo 1 y calcula lo que libera cada jubilación, cada baja y cada comisión de servicios. Con su periodo, su motivo legal y su aplicación presupuestaria. Ese es el número que hay que poner en el informe.
En la plataforma MyGov, integrado con Presupuesto Municipal · También instalable en local en tu Ayuntamiento
Ejecución del capítulo 1
El problema que resuelve
El capítulo 1 se mueve cada mes, y el anexo se cerró en octubre.
La nómina la lleva RRHH y el crédito lo lleva Intervención. El anexo que se aprobó con el presupuesto describe una plantilla que ya no existe: una jubilación en marzo, dos incapacidades largas, una comisión de servicios, una plaza cubierta a mitad de año. Cada una deja o consume crédito, y ninguna se apunta en ningún sitio. En noviembre alguien pregunta cuánto sobra y en qué aplicaciones.
Los datos, de SICAL y del Excel de RRHH
Arrastras el PDF y todo queda referido a esa fecha.
El módulo lee las nueve columnas del «Documento Resuntivo núm. 1» de SICAL, del crédito inicial al remanente. Y lee el anexo de personal del art. 168.1.c) en el Excel que entrega RRHH: la hoja TOTAL, el reparto por aplicación y las hojas de pagas extras y cotizaciones.
- Antes de tocar nada enseña lo que trae, lo que descarta y los descuadres; se puede cancelar
- Volcar el Anexo dos veces no duplica: actualiza importes y reparto
- Al subir un PDF nuevo se conservan bajas, propuestas, variaciones y expedientes
Incidencias y disponibilidades
La vicisitud se registra sobre el puesto, no sobre la aplicación.
Cese definitivo, incapacidad temporal, comisión de servicios, atribución temporal de funciones, reducción de jornada, vacante preexistente y las coberturas, que en vez de liberar consumen. Se pide el motivo legal y el periodo, el cálculo se ve antes de guardar y el resultado baja repartido por aplicación presupuestaria: cuánto en retribuciones y cuánto en cuota patronal.
- El barrado compara lo devengado teórico desde el 1 de enero con lo pagado neto y propone el sobrante
- Propuesta de no disponibilidad redactada sobre el art. 33 del RD 500/1990, que la declara el Pleno
- Cada línea se puede desactivar y cada barrado anular, con el cálculo rehecho al momento
Informes y análisis
Ocho informes, cada uno con la norma en la que se apoya.
Disponibilidades sobrevenidas, no disponibilidad del art. 33 del RD 500/1990, transferencias de crédito de los arts. 179 y 180 del TRLRHL, liquidación previsible, memoria del anexo, tope de productividad del art. 5 del RD 861/1986, tasa de reposición y compatibilidades de la Ley 53/1984. Salen con estructura formal y el artículo citado, en ventana nueva, para imprimir o pasar a PDF.
- El análisis pone en fila anexo, módulo, resumen y crédito definitivo de SICAL, con la diferencia delante
- Liquidación previsible a 31 de diciembre y plazas reponibles con la tasa que fije la LPGE del año
- El histórico guarda instantáneas restaurables y compara el primer PDF del ejercicio con el último
Qué incluye
Las 15 pestañas del módulo.
Del cuadro de mando al marco normativo con los criterios de cálculo escritos: esto es lo que se ve al abrirlo.
Cuadro de mando
Crédito definitivo, obligaciones, pagado neto y remanente; el porcentaje ejecutado frente al teórico del mes y las aplicaciones más tensionadas, con aviso de reintegros.
Aplicaciones
Cada aplicación del capítulo 1 con sus fases, filtrable por política y artículo. Las retenidas se excluyen de los cálculos.
Puestos, incidencias e IT
La ficha de cada puesto del Anexo con su titular, sus trienios, su coste y sus aplicaciones. Encima, las incidencias: ceses, IT, comisiones, atribuciones, reducciones y coberturas.
Disponibilidades
Lo que liberan las incidencias, lo que consumen las coberturas y lo declarado no disponible, agregado por aplicación y con el barrado del periodo.
Variaciones y propuestas
Horas extraordinarias y gratificaciones por empleado, y las necesidades nuevas con sus fuentes de financiación sugeridas por nivel de vinculación.
Expedientes
Lo pendiente, agrupado para informar a Intervención de una vez: el informe consolidado de liberaciones y propuestas.
Análisis
Liquidación previsible, tasa de reposición, tope de productividad, trienios devengados y por vencer, y el contraste a cuatro columnas con SICAL.
Histórico y compatibilidades
Instantáneas restaurables del estado, la serie de PDF cargados y las autorizaciones de compatibilidad vigentes de la Ley 53/1984.
Informes, importación y ayuda
Los informes del catálogo, la carga del PDF y del anexo, el cierre del ejercicio en enero y el marco normativo con los criterios de cálculo escritos.
Datos para citar
Qué se puede hacer con el crédito de capítulo 1, y con qué apoyo.
Las cuatro preguntas que llegan a la Intervención cuando alguien se jubila en marzo, cuando hay que mover crédito de personal o cuando llega el reparto de la productividad. Con la norma que las contesta.
Crédito de personal: reglas y límites
| Asunto | Qué dice la norma | Norma |
|---|---|---|
| Anexo de personal | Se une al Presupuesto y relaciona y valora los puestos existentes, de forma que exista la oportuna correlación con los créditos de personal incluidos en él. | art. 168.1.c) TRLRHL y art. 18.1.c) RD 500/1990 |
| Transferencias entre grupos de función | Corresponden al Pleno, salvo cuando las bajas y las altas afecten a créditos de personal. | art. 179.2 TRLRHL |
| Límites objetivos de las transferencias | No pueden minorarse créditos ya incrementados con suplementos o transferencias, ni incrementarse los que hayan sido minorados por otras transferencias; ambas prohibiciones decaen cuando afectan a créditos de personal. | art. 180.1.b) y c) TRLRHL |
| No disponibilidad | Inmoviliza todo o parte del saldo de una partida y lo declara no susceptible de utilización: no anula el crédito, pero con cargo a él no caben autorizaciones de gasto ni transferencias, y su importe no se incorpora al ejercicio siguiente. La declara y la repone el Pleno. | art. 33 RD 500/1990 |
| Complemento específico: cuantía global | Hasta un máximo del 75 % de lo que reste de la masa retributiva tras descontar retribuciones básicas, ayuda familiar y complemento de destino. | art. 7.2.a) RD 861/1986 |
| Complemento de productividad: cuantía global | Hasta un máximo del 30 % de ese mismo resto. La determina el Pleno en el presupuesto; la distribución y la asignación individual son de la Alcaldía, con los criterios que haya fijado el Pleno. | arts. 5.5, 5.6 y 7.2.b) RD 861/1986 |
| Gratificaciones | Hasta un máximo del 10 % de ese resto, y nunca fijas en su cuantía ni periódicas en su devengo: responden a servicios extraordinarios fuera de la jornada normal. | arts. 6.3 y 7.2.c) RD 861/1986 |
| Oferta de empleo público | Se aprueba y publica dentro del mes siguiente a la aprobación del Presupuesto. No cabe nombrar personal interino para plazas no incluidas en ella, salvo vacantes producidas después. | art. 128 TRRL |
El módulo calcula con los datos que se le den y deja el cálculo por escrito para sostener el informe; no es nómina ni contabilidad, no cotiza y no paga. La tasa de reposición de efectivos no está aquí porque la fija cada año la Ley de Presupuestos Generales del Estado: el porcentaje hay que tomarlo de la vigente.
Dónde encaja
Entre la nómina y la contabilidad.
Se apoya en lo que producen las dos y devuelve lo que ninguna da: el crédito disponible del capítulo 1 al día. Tres cosas conviene tenerlas claras desde el principio.
Lee lo que la nómina y la contabilidad ya dicen
Parte del «Documento Resuntivo núm. 1» de SICAL y del Excel del anexo de personal, así que la ejecución que enseña es la oficial, no una versión paralela: si el documento es de mayo, la cabecera dice mayo. El cálculo de nómina, el fichero de cotización, el modelo 111 y los asientos siguen donde están hoy, y este módulo se apoya en su resultado en lugar de duplicarlo. Entre dos cargas enseña siempre la fecha de la que parte.
Deja el documento listo para el órgano que decide
Redacta la propuesta y el informe con la norma citada: el art. 33 del RD 500/1990 para la no disponibilidad, los arts. 179 y 180 del TRLRHL para las transferencias. La declaración de no disponibilidad la acuerda el Pleno. El expediente de modificación lo aprueba y lo contabiliza quien lo tenga atribuido. De aquí sale el documento que esa decisión necesita, no la decisión.
Los criterios son tuyos, y se ven antes de guardar
Cada criterio viene con un valor de partida y se ajusta al acuerdo de tu entidad. Por omisión una incapacidad temporal no libera crédito, porque se supone la nómina íntegra. Si en tu casa la IT reduce complementos, el porcentaje liberable se cambia a mano. Por eso el cálculo se enseña entero antes de guardar, con la cuenta a la vista.
Dos maneras de tenerlo
Con el resto de la suite, o solo el capítulo 1.
El módulo es el mismo. Cambia dónde viven los datos, y la hoja TOTAL del anexo lleva nombres.
Integrado con toda la suite
El mismo libro del anexo se carga aquí y en Presupuesto Municipal, y el análisis a cuatro columnas comprueba que la plantilla y el crédito cuentan la misma historia. Los usuarios, los permisos y la entidad son los de tu plataforma.
- Sin nada que instalar ni mantener
- Mejoras continuas, con la bitácora de cambios a la vista
- Multientidad: Ayuntamiento y organismos en el mismo sitio
El módulo suelto, en local
La hoja TOTAL del anexo lleva nombres y apellidos de la plantilla. Si la política de protección de datos de la entidad exige que eso no salga de la red municipal, el módulo se instala en un equipo del Ayuntamiento y funciona por sí solo.
- Tus datos no salen de tu red
- Actualizaciones en paquetes firmados, con punto de retorno
- El paso a la plataforma, cuando quieras: los datos se llevan
Preguntas frecuentes
Lo que preguntan RRHH e Intervención.
Para eso está el informe de transferencias: parte del sobrante calculado aplicación por aplicación, propone el origen y recuerda las limitaciones del art. 180 del TRLRHL. Conviene tener delante un matiz. El art. 179.2 reserva al Pleno las transferencias entre distintas áreas de gasto, que el artículo sigue llamando «grupos de función», salvo cuando las altas y las bajas afecten a créditos de personal. Que suele ser el caso aquí. El módulo prepara la propuesta y el informe; aprobar y contabilizar el expediente es de quien lo tiene atribuido.
Casi siempre por una subida retributiva aplicada en nómina y no recogida en el anexo, o por modificaciones de crédito en aplicaciones que no tienen puestos individualizados detrás. El módulo advierte de la desviación y apunta las causas probables. El análisis a cuatro columnas (anexo, módulo, resumen y crédito definitivo) enseña en qué aplicación está la diferencia. La corrección la decide quien lleva el expediente, que es quien conoce el motivo.
Por defecto no: se supone que la nómina se sigue pagando íntegra. Si en tu entidad la IT reduce complementos, se baja el porcentaje liberable de esa incidencia y el cálculo se ajusta. La pestaña IT lleva la cuenta de los días acumulados, con las activas y las cerradas.
No. Lo declara no disponible conforme al artículo 33 del RD 500/1990: el crédito sigue existiendo, retenido, y después permite transferencias. El barrado compara lo devengado teóricamente desde el 1 de enero con lo pagado neto, propone el sobrante aplicación por aplicación, y cada línea se puede ajustar o anular.
La hoja TOTAL del anexo trae nombres y apellidos, y el módulo lo advierte antes de cargarla. Se guardan igual que el resto de datos, aislados por entidad, y no se comunican a nadie. Al presupuesto solo pasan plazas y coste. Quien prefiera que esos datos no salgan de la red municipal tiene la versión local, y quien necesite documentar el tratamiento tiene la ficha de la actividad en el módulo de Protección de Datos.
Antes del primer PDF del año, «Iniciar nuevo ejercicio»: archiva el estado del ejercicio cerrado, conserva el Anexo editado y limpia incidencias y barrados del año anterior. El histórico guarda lo archivado, restaurable.
Un máximo del 30 % de lo que reste de la masa retributiva global presupuestada, excluida la del personal laboral, después de descontar retribuciones básicas, ayuda familiar y complemento de destino (art. 7.2.b del RD 861/1986). En ese mismo reparto, el complemento específico llega hasta el 75 % y las gratificaciones hasta el 10 %. La cantidad global la determina el Pleno en el presupuesto (art. 5.5). La distribución y la asignación individual son de la Alcaldía, con los criterios que en su caso haya fijado el Pleno (art. 5.6). Y la apreciación tiene que hacerse en función de circunstancias objetivas relacionadas con el desempeño del puesto y sus objetivos (art. 5.2).
El del puesto, prorrateado desde la fecha de efectos y con todos sus conceptos: básicas, destino, específico, trienios y cuota patronal. Sale desglosado por la aplicación presupuestaria en la que estaba consignado, y ese es el número que hay que poner en el informe cuando alguien propone gastarlo. Si se decide no gastarlo, la figura es la no disponibilidad del art. 33 del RD 500/1990: inmoviliza el saldo y lo declara no susceptible de utilización, sin anular el crédito. La declara y la repone el Pleno. Y las limitaciones a las transferencias de los arts. 179.2 y 180.1 del TRLRHL decaen precisamente cuando afectan a créditos de personal.
Se usa con
Los módulos que este necesita al lado.
Comparten entidad, usuarios y permisos: el dato se escribe una vez y lo leen los demás. Y también funcionan sueltos.
RPT · Relación de Puestos
Cada puesto de la relación es una línea del anexo: sin RPT valorada, el anexo se escribe de memoria.
Abrir RPT · Relación de Puestos ›Presupuesto Municipal
El anexo se incorpora al expediente del Presupuesto General con el resto de la documentación del art. 168.
Abrir Presupuesto Municipal ›Empleo Público
La plaza que se convoca es el crédito que se compromete: la tasa de reposición y el anexo se miran juntos.
Abrir Empleo Público ›Que ninguna baja pase sin dejar cifra.
Una hora, con datos de ejemplo: se carga el PDF de ejecución, se sigue una jubilación de principio a fin y sale su informe de liberación de créditos repartido por aplicación.
La demostración se hace sobre una entidad de ejemplo, sin datos reales.