Alta de Entidades Locales · registro abierto

Da de alta tu entidad
en MyGov.

Rellena el formulario, adjunta el documento que acredita que puedes pedirlo y una persona de MyGov lo revisa. Si se aprueba, creamos tu entidad con todos los módulos activos y tu usuario administrador.

No se pide ninguna forma de pago · No se pide ningún dato bancario · Puedes darte de baja y llevarte tus datos cuando quieras

Ahora mismo es gratis

La plataforma es gratuita: no hay cuota, no hay coste por usuario y no se pide ninguna cuenta bancaria. El registro está abierto: rellena estos cuatro pasos y una persona revisará la solicitud.

👤Lo revisa una persona

El alta no es automática. Alguien de MyGov abre el documento que adjuntas y comprueba que quien lo pide puede pedirlo. Se suele resolver en dos o tres días hábiles, y te contestamos por correo tanto si se aprueba como si no.

🏛Qué se crea al aprobar

Tu entidad, con todos los módulos activos y licencia gratuita, y una primera persona administradora: tú. Desde ahí das de alta a los usuarios que creas oportunos y les repartes los módulos y los permisos.

1
La entidad
2
Quién la representa
3
El documento
4
Repaso y envío

Los datos de la entidad

Son los que van a salir en las cabeceras de tus informes, en los documentos que genera la plataforma y en la ficha de la entidad. El NIF, además, es lo que impide que la misma entidad se dé de alta dos veces.

Tal y como aparece en el sello y en los documentos oficiales, sin abreviar.
Decide cómo se rotula la entidad en todos los módulos.
El de la entidad, no el tuyo. Empieza por letra (P, Q, S, V…). Comprobamos aquí la letra de control, y otra vez en el servidor.
De aquí sale también la comunidad autónoma.
El término municipal, aunque la entidad sea un organismo o una mancomunidad.
La cifra oficial de la última revisión del padrón, aproximada. Sirve para dimensionar la entidad; el día que haya precios, también para el tramo de tarifa.
La de la casa consistorial o la sede de la entidad. Es la que se imprime en los documentos.
El de registro o información. No es donde te escribimos a ti.
Nos ayuda a comprobar el nombramiento sin tener que llamaros.

Quién pide el alta

Tú vas a ser la primera persona administradora de la entidad: quien dé de alta a los demás usuarios y reparta los permisos. Por eso preguntamos el cargo, y por eso en el paso siguiente hay que acreditarlo.

Los que constan en el nombramiento que vas a adjuntar.
La lista describe a quién se le supone capacidad para comprometer a la entidad.
Solo para llamarte si algo del documento no se entiende. No sale de aquí.
Aquí te mandamos el enlace para confirmar que la dirección es tuya, y aquí te contestamos. Usa el corporativo si lo tienes: acredita tanto como el documento. Será también tu nombre de usuario.
Una letra de más en la dirección y el alta se queda esperando un correo que nunca llega. Este campo no se envía.

El documento que te acredita

Es lo que separa esto de un formulario cualquiera. Al aprobar el alta se crea un sitio donde caben el padrón, los expedientes de servicios sociales y las nóminas de tu entidad: antes de abrirlo, alguien comprueba a mano que quien lo pide puede pedirlo.

Vale cualquiera de estos
  • El decreto o el acuerdo de nombramiento, o la resolución de toma de posesión.
  • La certificación del Secretario/a acreditando el cargo.
  • El acta de constitución de la Corporación, si eres Alcalde/sa o Concejal/a.
  • El encargo o la delegación por escrito, si has elegido «Otro» en el cargo.
Antes de elegirlo, para que no falle
  • PDF, JPG o PNG, y hasta 8 MB. Miramos lo que hay dentro del fichero, no la extensión del nombre.
  • Que se lea el nombre, el cargo y la fecha. Una foto del papel bien enfocada vale.
  • Si pesa demasiado, vuelve a escanearlo a 150 ppp en blanco y negro: un nombramiento de dos páginas ocupa menos de 500 kB.
  • Tacha lo que no haga falta. Si el documento lleva un DNI o datos de terceros y puedes ocultarlos, mejor: no los necesitamos.
📄
Arrastra aquí el documento o pincha para elegirlo
PDF, JPG o PNG · hasta 8 MB · uno solo

Repasa y envía

Mira que todo esté bien antes de mandarlo. Después de enviarlo solo se puede corregir escribiéndonos, y el NIF no se puede repetir con una solicitud en curso.

Paso 1 de 4

Solicitud enviada

Te hemos mandado un correo para confirmar que la dirección es tuya. Hasta que no pinches ese enlace, la solicitud no entra en la cola de revisión. Si no lo ves, mira en la carpeta de correo no deseado.

1Confirmas tu correo con el enlace que te acabamos de mandar. Caduca a las 48 horas y solo vale una vez.
2Una persona de MyGov abre tu documento y resuelve. Se suele tardar dos o tres días hábiles.
3Si se aprueba, recibes un correo con la dirección de la plataforma y un enlace para poner tu contraseña. Nunca mandamos una contraseña por correo.

Consultar cómo va mi solicitud

¿Prefieres verlo antes por dentro?

Pide una demostración y recorremos la plataforma con datos de ejemplo. Puedes darte de alta después, o las dos cosas: el alta no compromete a nada.

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