Los ocho epígrafes del Reglamento de Bienes, cada alta y cada baja con el acuerdo que la ampara, la rectificación anual, los expedientes patrimoniales y la conciliación con la contabilidad: el inventario que Secretaría custodia y certifica, en un solo sitio.
En la plataforma MyGov, con los usuarios y permisos de tu entidad · También instalable en local en tu Ayuntamiento
El problema que resuelve
Bienes sin valorar, inmuebles sin inscribir, expedientes que avanzan sin los informes exigibles y una conciliación con el balance que nadie hace hasta que la reclama el control externo. Este módulo reseña, valora, vigila y concilia, y lo que falta lo dice con nombre y cifra.
Inventario general
La ficha reseña el bien en uno de los ocho epígrafes del Reglamento de Bienes y pide lo que ese epígrafe exige: referencia catastral, superficies y linderos en los inmuebles; matrícula, marca y bastidor en los vehículos; autor, época y técnica en los histórico-artísticos. Y comprueba lo que se guarda: que la baja tenga fecha, que la amortización no supere el valor, que lo inscrito tenga número de finca.
Expedientes patrimoniales
Once clases de expediente —de la desafectación a la enajenación, la concesión demanial o la recuperación de oficio— y para cada una el módulo aplica los trámites exigibles y cuenta cuántos quedan: memoria, valoración pericial, información pública, informes de Secretaría y de Intervención, acuerdo y anotación en el inventario.
Conciliación con el balance
El inventario visto desde la contabilidad: cada bien con su cuenta del grupo 2 del Plan contable local y su dotación de amortización calculada. Enfrente, los saldos a fin de ejercicio que facilita la Intervención. El módulo compara cuenta a cuenta, señala las que descuadran y deja escrito el motivo de cada diferencia.
Qué incluye
Lo que exige el Reglamento de Bienes y lo que pide la contabilidad, en un solo módulo.
Indicadores del inventario y avisos ordenados por gravedad: rectificación pendiente, bienes sin inscribir o sin valorar, vencimientos y reversiones próximos.
La ficha completa de cada bien y derecho, reseñado en su epígrafe, con clasificación jurídica, título de adquisición, valoración y situación registral.
Existencias iniciales, altas, bajas y existencias finales valoradas de cada epígrafe en el ejercicio, y el peso de cada clasificación jurídica.
Cada vicisitud del bien con su concepto, importe, órgano que acuerda, fecha y referencia. Si falta el órgano o el acuerdo, el módulo lo advierte.
El asistente de la rectificación a 31 de diciembre: comprobaciones previas, estado por epígrafes, propuesta de acuerdo y anotación del ejercicio rectificado.
Once clases —afectación, desafectación, cesiones, concesiones, enajenación, permuta, deslinde y más— con los trámites exigibles de cada una.
Cada bien con su cuenta del grupo 2 y la dotación del ejercicio calculada, lista para llevarla a la contabilidad. El asiento lo practica la Intervención.
Los saldos del grupo 2 que facilita la Intervención frente al inventario, cuenta a cuenta, con el motivo de cada diferencia por escrito.
El calendario del artículo 212, el anexo de inmovilizado, los certificados de bienes y el libro donde queda anotado cada documento emitido.
Dos maneras de tenerlo
El módulo es el mismo: cambia dónde vive y con quién trabaja.
Entras con el navegador y el inventario queda a mano de quienes lo usan: Secretaría lo custodia y certifica, Intervención facilita los saldos para conciliar y los servicios consultan sus bienes. La entidad, los usuarios y los permisos son los de tu Ayuntamiento.
Si prefieres empezar solo por el inventario, o tu política de datos exige tenerlo en casa, el módulo se instala en un equipo del Ayuntamiento y funciona por sí solo.
Preguntas frecuentes
Sí. El inventario se ordena en los ocho epígrafes del Real Decreto 1372/1986 —de los inmuebles a los bienes y derechos revertibles— y cada ficha pide los campos que su epígrafe exige. El certificado de bien inventariado se emite conforme a ese Reglamento y recuerda la obligación de inscribir del artículo 36 cuando el bien no consta en el Registro.
Calcula la dotación de cada bien dividiendo el valor contable entre la vida útil, con el límite de lo que resta por amortizar, y sin amortizar terrenos, patrimonio histórico, dominio público de uso general ni inmovilizado en curso. El asiento no lo practica: es un cálculo para llevarlo a la contabilidad, y así se dice en pantalla.
La ficha completa del bien, el certificado de bien inventariado, el estado del inventario por epígrafes, la propuesta de acuerdo de rectificación, el cuadro de amortización, el anexo de inmovilizado y el informe de conciliación. Cada documento emitido queda anotado en el libro de documentos, con constancia de qué se emitió y cuándo.
Reúne lo que el inventario aporta a la Cuenta General —el inventario rectificado, el anexo de inmovilizado y la conciliación con el balance— junto al calendario del artículo 212 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales. Los hitos se dan por pendientes mientras no se anoten, y al anotarlos queda constancia de si se cumplió el plazo.
Sí. En Ajustes se fijan el plazo máximo de las concesiones demaniales y la anticipación con que se quieren los avisos, y el cuadro de mando lista los vencimientos y las reversiones próximas: qué bien revierte, cuándo y a favor de quién. Los bienes revertibles tienen además su propio epígrafe, el 8.º, como manda el Reglamento.
Sí. El módulo existe en versión local para instalarse en un equipo del Ayuntamiento y funcionar por sí solo. Y si más adelante pasas a la plataforma, los datos se exportan y se llevan: no hay cautividad.
Pide una demostración del módulo con datos de ejemplo: el alta de un bien, un expediente de enajenación y la conciliación con el balance, en una sesión de una hora.
La demostración se hace sobre una entidad de ejemplo, sin datos reales.