Cada unidad, su derecho,
sus restos y su plazo.
Los nichos, las sepulturas, los columbarios y los panteones del cementerio municipal en un plano; los derechos funerarios con sus prórrogas, transmisiones y títulos; los servicios con los plazos de policía sanitaria mortuoria comprobados; y la caducidad y la tasa con su procedimiento. Cada operación la comprueba el servidor antes de guardarse, y se ve lo que va a pasar antes de confirmarla.
En la plataforma MyGov, con los usuarios y permisos de tu entidad · Para ayuntamientos y empresas públicas de servicios funerarios
Cementerios
El problema que resuelve
Un nicho adjudicado dos veces no se arregla con una disculpa.
El cementerio es un servicio obligatorio en todos los municipios —artículos 25.2.k y 26.1.a de la Ley de Bases del Régimen Local— y cada unidad es dominio público: el derecho funerario es una concesión por tiempo determinado, con un máximo de setenta y cinco años incluidas las prórrogas, según el artículo 93.3 de la Ley 33/2003. Mientras tanto, el padrón de unidades vive en un libro de registro, las inhumaciones en una agenda de papel y los vencimientos en la memoria de quien lleva veinte años en el cementerio. Este módulo pone cada unidad en su sitio, con su derecho, sus restos y su plazo, y comprueba en el servidor lo que antes se comprobaba a ojo: las horas desde la defunción, los años para exhumar, el orden de adjudicación, la capacidad y la agenda.
Plano y derechos funerarios
Cada unidad en el plano, con su derecho y su vencimiento.
Recintos, zonas y unidades con el código de siempre, zona, fila y número. Cada unidad dice en qué estado está —vigente, vence pronto, vencida, en caducidad, reservada, libre o no disponible— y a quién pertenece su derecho, con la clase, la duración, las prórrogas y el título expedido.
- Adjudicación por riguroso orden correlativo, o con el motivo que lo justifica
- Prórrogas con el tope legal de setenta y cinco años, transmisiones por herencia o donación y duplicados del título
- Límite de derechos por titular, reservas con su plazo y regularización de los títulos perpetuos
Servicios y policía sanitaria mortuoria
Las veinticuatro horas, las cuarenta y ocho y los cinco años.
Inhumación, depósito de cenizas, entrada de restos de otro cementerio, exhumación, reducción de restos y traslado interno, cada uno con sus reglas. Con los valores de la Comunidad de Madrid de fábrica —el Decreto 124/1997— y editables para la norma de cada comunidad.
- Horas desde la defunción, con la autorización de enterramiento anticipado, la conservación temporal o el embalsamamiento que lo cubren
- Exhumaciones con los años contados desde la defunción, la autorización sanitaria entre dos y cinco años y el grupo sanitario
- Agenda por recinto con franjas, días sin servicio, festivos de la entidad y capacidad contando los servicios pendientes
Caducidad y tasa
Del derecho vencido al osario, con cada plazo contado.
El expediente de caducidad por vencimiento pasa por sus fases con la Ley 39/2015: acuerdo de inicio, notificación personal o anuncio en el Boletín Oficial del Estado, audiencia en días hábiles con los festivos de la entidad, resolución dentro del plazo, notificación, firmeza y ejecución con el traslado de los restos al osario general.
- Plazo para resolver de fecha a fecha, con el paso al día hábil siguiente; pasado, el procedimiento caduca y se archiva
- Un recurso con petición de suspensión detiene la ejecución
- Liquidaciones numeradas por ejercicio con la tarifa vigente el día de la operación; Gestión liquida y Tesorería cobra
Qué incluye
De la zona recién construida al título de derecho funerario.
Lo que hace falta para llevar un cementerio municipal, con las reglas comprobadas en el servidor.
Panel
Ocupación, unidades libres, vencimientos próximos, derechos vencidos, servicios pendientes y lo pendiente de cobro, para quien puede verlo.
Plano de unidades
Cada zona como es, fila a fila, con el estado de cada unidad, los restos que contiene y la siguiente en orden de adjudicación.
Derechos funerarios
Adjudicación, reserva, prórroga, transmisión, título y regularización, con el límite por titular y el tope legal de la concesión.
Servicios
Inhumación, cenizas, entrada de restos, exhumación, reducción y traslado, con la agenda, la capacidad y los plazos sanitarios.
Caducidades
El expediente por vencimiento con su audiencia, su resolución, su firmeza y el traslado de los restos al osario general.
Buscador de difuntos
Dónde está cada persona: en su unidad, en el osario general o fuera del recinto, con la fecha y el destino de la salida.
Tasas y liquidaciones
Las tarifas de la ordenanza fiscal, la liquidación de cada operación numerada por ejercicio, el cobro y la anulación.
Recintos e inventario
Varios cementerios por entidad, cada uno con su ficha de inventario y sus zonas, que crean todas sus unidades de una vez.
Papeles e historial
Cinco papeles con la separación de funciones —Gestión liquida y Tesorería cobra— y un historial de cada operación, sin datos personales en el registro sellado.
Dónde encaja
Dónde termina, y con qué se acompaña.
Tres cosas que conviene tener claras antes de dedicarle una hora a esto.
Solo la caducidad por vencimiento
El expediente que lleva es el de los derechos vencidos. Las demás causas de extinción del artículo 100 de la Ley 33/2003 —abandono o ruina, impago, renuncia, rescate o clausura de una zona— quedan fuera de esta versión, igual que el depósito de cadáveres por días y las lápidas y obras.
La tarifa es la de tu ordenanza
El módulo no inventa importes: liquida con las tarifas que se dan de alta, la vigente el día de la operación y la más concreta para cada caso. Sin tarifa, no liquida, y lo dice. Tampoco recauda: el cobro se anota, y la recaudación vive en tu programa de ingresos.
No notifica ni firma
Prepara la información de cada acto y deja constancia de la notificación, de su medio y de su fecha, pero no hay sede electrónica, ni registro de entrada y salida, ni firma: eso es de tu gestor de expedientes. Qué está certificado y qué no, con su alcance, en Calidad y seguridad.
Dónde vive
En la nube, con toda la suite.
Las reglas de este módulo las comprueba el servidor de la plataforma, y por eso se usa en ella.
Integrado con toda la suite
El cementerio es un bien de dominio público, y su ficha de inventario puede citar el bien de Patrimonio e Inventario. La entidad, los usuarios y los papeles son los de tu Ayuntamiento, y una empresa pública de servicios funerarios lo tiene en su propio catálogo.
- Sin nada que instalar ni mantener
- Mejoras continuas, con la bitácora de cambios a la vista
- Multientidad: Ayuntamiento y empresa pública en el mismo sitio
Con la plataforma en tu servidor
Este módulo no se ofrece suelto: sus operaciones las comprueba el servidor de la plataforma y no el navegador. Si tu entidad necesita tenerlo todo en casa, se instala con la plataforma completa, con las mismas reglas y los mismos papeles.
- Tus datos no salen de tu red
- Actualizaciones en paquetes firmados, con punto de retorno
- Los derechos existentes se importan desde una hoja de cálculo
Preguntas frecuentes
Lo que preguntan el encargado del cementerio, Secretaría y Tesorería.
Porque el artículo 93.3 de la Ley 33/2003 fija setenta y cinco años como plazo máximo de una concesión demanial, prórrogas incluidas, y es legislación básica. El módulo lo aplica siempre: una prórroga que superaría ese tope no se admite. El plazo máximo es un parámetro que solo se puede bajar.
De fábrica, con los del Decreto 124/1997 de la Comunidad de Madrid: inhumación entre las veinticuatro y las cuarenta y ocho horas desde la defunción salvo autorización o conservación, restos cadavéricos a los cinco años desde la defunción y exhumación con autorización sanitaria desde los dos años de la inhumación hasta los cinco de la defunción. Todos son parámetros, para ajustarlos a la norma de cada comunidad autónoma.
La operación se hace, pero no se liquida, y la comprobación lo dice antes de confirmar. No se emiten liquidaciones de cero euros: la tasa solo puede exigirse con la ordenanza fiscal, y lo que no está en ella no se cobra.
Porque son actos numerados. Un servicio se anula con su motivo y, si había adjudicado una unidad y no ha pasado nada más desde entonces, la anulación la devuelve a libre. Una liquidación pendiente la anula Tesorería, con su motivo. Todo queda en el historial.
Sí: se ofrece a los ayuntamientos y a las entidades de tipo «Empresa pública». En una empresa pública la liquidación puede llevar el IVA que se indique en los parámetros. A las empresas privadas no se les ofrece, porque los derechos funerarios son concesiones sobre el dominio público municipal.
Se dan de alta los recintos y sus zonas, que crean todas sus unidades, y se importan los derechos existentes desde una hoja de cálculo con sus titulares, sus fechas y sus restos. La vista previa dice fila a fila qué entra y qué no, y por qué, antes de importar nada.
Se usa con
Los módulos que este necesita al lado.
Comparten entidad, usuarios y permisos: el dato se escribe una vez y lo leen los demás. Y también funcionan sueltos.
Patrimonio e Inventario
El cementerio como bien de dominio público, con su ficha en el inventario general.
Abrir Patrimonio e Inventario ›Espacios Municipales
Los demás bienes municipales que se ceden o se reservan, con su título de uso.
Abrir Espacios Municipales ›Atención a la Ciudadanía
La ciudadanía que pregunta por una unidad, una prórroga o una inhumación, atendida con los mismos datos.
Abrir Atención a la Ciudadanía ›El cementerio, unidad a unidad y con cada plazo contado.
Pide una demostración del módulo con datos de ejemplo: el plano de un cementerio, una inhumación con su liquidación y un expediente de caducidad hasta el osario, en una sesión de una hora.
La demostración se hace sobre una entidad de ejemplo, sin datos reales.